Funciones
El Tribunal Nacional de Ética Médica con sede en la capital de Colombia, con autoridad para conocer de los procesos disciplinarios éticos-profesionales que se presenten por razón del ejercicio de la medicina en Colombia. Esta integrado por cinco profesionales de la medicina elegidos por el Ministerio de salud.
Deberes
El Tribunal Nacional de Ética Médica ha definido los siguientes valores como emblemas de su gestión:
• Ética: Respeto de los principios morales y legales que regulan actividades de la medicina.
• Transparencia: Claridad completa del manejo de los procesos y recursos
• Responsabilidad: Conciencia y formalidad de sus palabras, decisiones y actos
• Respeto: Reconociendo los derechos y dignidad de las partes en conflicto
Funciones de la Sala Plena
La Sala Plena del Tribunal Nacional de Ética Médica cumple entre otras las siguientes funciones:
a) Elegir dentro del seno de los Magistrados, aquel que asumirá la Presidencia.
b) Decidir sobre los procesos de selección de los empleados del Tribunal Nacional de Ética Médica y resolver sobre las renuncias y licencias que estos presenten.
c) Decidir sobre los procesos de apelación que presentan los Tribunales Seccionales de Ética Médica.
d) Aprobar el proyecto anual de presupuesto, para presentarlo al Tribunal Nacional de Ética Médica.
e) Aprobar los acuerdos de gastos correspondientes.
f) Aprobar el plan anual de gestión del Tribunal Nacional de Ética Médica.
g) Decidir sobre las ponencias que presenten los Magistrados.
Funciones De Los Magistrados
Son funciones generales de los Magistrados:
a) Mantener actitudes éticas, morales, de cortesía y protocolo en todas las actuaciones individuales, acordes con su dignidad de Magistrado del TRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MEDICA.
b) Ser solidario y coherente con los pronunciamientos oficiales del Tribunal.
c) Mantener la reserva de todos los aspectos y de la información que se maneje durante los procesos y el contenido de los expedientes.
d) Prepararse para cumplir con eficiencia las funciones propias del Tribunal.
e) Mantenerse actualizado en lo relacionado con organización, legislación, ética, historia y políticas nacionales e internacionales en las actividades inherentes a la profesión.
f) Asumir las funciones propias de instructor o Ponente cuando se lo designe como tal.
g) Justificar por escrito ante la Secretaría las ausencias a las sesiones del Tribunal por lo menos ocho días antes de la fecha de la sesión, a excepción de aquellas situaciones de caso fortuito o fuerza mayor que deberá comunicar en el momento oportuno.
h) Asistir puntualmente a las reuniones de la sala plena y la sala probatoria tanto ordinaria como extraordinaria.
i) Las demás funciones inherentes al cargo de MAGISTRADO del TRIBUNAL NACIONAL DE ÉTICA MEDICA.